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Se podrán aplicar multas a quienes molesten a la fauna silvestre en las playas de Mar del Plata

La medida tendrá vigencia durante todo el año, y las multas se aplicarán tanto para las personas como a las interacciones con animales domésticos.

Saturnino Alfredito evoluciona y promedia la mitad del ciclo de lactancia. 

El Concejo Deliberante de General Pueyrredon aprobó por unanimidad una ordenanza que prohíbe perseguir, hostigar o molestar a la fauna silvestre en el distrito. La medida contempla sanciones previstas en el Código Contravencional y rige durante todo el año, tanto para las personas como para las interacciones con animales domésticos.

La normativa cobra relevancia ante la creciente presencia de elefantes marinos en la costa marplatense, a donde llegan para dar a luz y completar el período de lactancia de las crías. En los últimos días, un ejemplar juvenil llegó a la playa en la zona del Ex Instituto Unzué, mientras que en el mismo sector continúa el desarrollo de Saturnino Alfredito, una cría que permanece junto a su madre bajo resguardo municipal.

Los seis pingüinos rescatados volvieron al mar en San Clemente del Tuyú.

El concejal Ariel Martínez Bordaisco, impulsor de la iniciativa, destacó la importancia de respetar a los animales y evitar situaciones que puedan ponerlos en riesgo. “Cuando un lobo marino, un elefante marino u otro animal silvestre aparece en nuestras playas, lo que corresponde es respetar su espacio y no intervenir. Cuidarlos también es una forma de cuidar nuestra ciudad”, afirmó.

La ordenanza establece restricciones para el acercamiento y la persecución de animales silvestres, con el objetivo de evitar intervenciones que alteren su comportamiento natural o pongan en riesgo su integridad. Entre las disposiciones, la norma fija una distancia mínima de 150 metros para sobrevuelos en reservas y zonas específicas, y prevé la posibilidad de otorgar permisos especiales para actividades científicas y educativas.

El hostigamiento mediante animales domésticos también queda comprendido en la prohibición. Los fondos recaudados a través de las multas deberán destinarse a programas de protección animal, prevención y erradicación del maltrato. La normativa no precisa los montos de las sanciones, que quedarán sujetos al régimen contravencional municipal vigente.

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Fuente: Agencia DIB

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